este Tribunal considera que la referida Transacción no lesiona derechos fundamentales protegidos por la Constitución Nacional ni ley especifica alguna, procede a impartir la aprobación que se le requiere y, en consecuencia, HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN realizada por los ciudadanos PABLO MAURIELLO CARRILLO, actuando en su propio nombre y en representación de la Sociedad Mercantil PAMARCA C.A., y por el profesional de derecho JUAN NAVARRO, apoderado judicial de la Sociedad Mercantil DISTRIBUIDORA DE TUBOS DEL ZULIA C.A., todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, dejándose a salvo los derechos de terceros.