Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: INADMISIBLE la demanda que por Cobro de Bolívares intentó la sociedad mercantil Contratista T&M, C.A., en contra de la Constructora Norberto Odebrecht, C.A., tomando como base los argumentos antes expuestos.