CON LUGAR LA SOLICITUD DE RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO, propuesta por la ciudadana ROSA MARIA BRUGES CARO, venezolana, mayor de edad, sin cédula de identidad, domiciliada en esta ciudad y Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, contra la ciudadana MARIA EULOGIA CARO DE BRUGES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-23.685.082 y del mismo domicilio. En consecuencia, ordena la RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE NACIMIENTO, signada bajo el No. 6216, de fecha 24 de septiembre de 1979, en el sentido siguiente: Primero: Donde se lee: LUIS BRUGES, de treinta y dos años de edad, casado, comerciante colombiano identificado con cédula de identidad N. 36487524 debe leerse: LUIS BRUGES, de treinta y dos años de edad, casado, comerciante, colombiano, sin cédula de identidad. Segundo: Que en el acta de nacimiento expedida por la Jefatura Civil de la Parroquia Chiquinquirá del Municipio Maracaibo, donde .....