En merito de las consideraciones anteriormente expuestas, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, DECRETA: 1) MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR sobre los inmuebles previamente identificados propiedad de la Sociedad Mercantil INVERSIONES FERRER C.A. (INFECA), según documento protocolizado ante la Oficina Subalterna del Segundo Circuito de Registro del Municipio Maracaibo del estado Zulia, en fecha 29 de marzo de 1.990, bajo los Nos. 12 y 7, Protocolos 1º y 3º, Tomos 23º y 3º y documento protocolizado en la misma Oficina Subalterna de Registro el día 26 de octubre de 1.998, bajo el No. 47, protocolo 1º, Tomo 7º, acordándose en este mismo acto realizar la participación pertinente a la Oficina de registro público respectiva mediante oficio; y 2) MEDIDA PREVENTIVA DE EMBARGO sobre bienes muebles propiedad de la parte co-demandada, Sociedad Mercantil INVERSIONES FERRER C.A. (INFECA) hasta cubr.....