Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en el Juicio que por ACCIÓN MERO-DECLARATIVA DE CONCUBINATO, fue incoado por el ciudadano DOMENICO FALONE RESTAINO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.834.656, contra la ciudadana EVELYN HERNÁNDEZ BARROSO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.787.334, DECLARA: LA SUSPENSIÓN de la medida preventiva de Prohibición de Enajenar y Gravar decretada por este Juzgado en la presente causa, en fecha veintiocho (28) de noviembre de 2017, sobre un inmueble constituido por un (01) apartamento distinguido con el número "03" del edificio denominado "Residencias Jaspe", ubicado en la calle 69 con avenida 9, en jurisdicción de la parroquia Olegario Villalobos del municipio Mara.....