ESTE JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 585 en concordancia con el 599 del código de Procedimiento Civil, DECRETA: MEDIDA PREVENTIVA DE SECUESTRO sobre un vehículo automotor CLASE AUTOMÓVIL, MARCA DAIHATSU, TIPO SPORT WAGON, MODELO-AÑO 2006, MODELO-VEHÍCULO TERIOS COOL AUT., COLOR PLATA, USO PARTICULAR, SERIAL DEL MOTOR 4 CILINDROS, SERIAL DE CARROCERÍA 8XAJ122G069530444, PLACAS IAM240. Dicho vehículo le pertenece a la ciudadana AIE DEL VALLE WONG DE VERA, titular de la cédula de identidad No. 3.930.672, según certificado de registro de vehículo No. 24328533, emitido por el INTTT en fecha 21 de diciembre de 2006. Para la ejecución de la presente medida se comisiona suficientemente al JUZGADO DISTRIBUIDOR ESPECIAL EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOS.....