Por los fundamentos de hechos y de derechos antes expuestos; este JUZGADO TERCERO DE PRIMERO INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de conformidad con lo preceptuado en los artículos 60 y 242 del Código de Procedimiento Civil, declara:
1) La INCOMPETENCIA EN RAZÓN DE LA MATERIA, de este Tribunal para conocer de la presente solicitud de DIVORCIO 185-A, interpuesta por el ciudadano GABRIEL YOHAN FERNANDEZ PEREZ, contra la ciudadana DAYANA JOSEFINA NUÑEZ VILLALOBOS, antes identificados.
2) Se declara COMPETENTE cualquier Juzgado de los Municipios Ordinario y Ejecutor de Medida de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.
3) Se DECLINA LA COMPETENCIA a cualquier Juzgado de los Municipios Ordinario y Ejecutor de Medida.....