En fuerza de los argumentos precedentemente expuestos, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en ejercicio de la potestad jurisdiccional atribuida por el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA PERIMIDA la instancia en el juicio por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO COMERCIAL Y COBRO DE BOLIVARES, formulare la SOCIEDAD MERCANTIL INVERSIONES LOS SOCIOS, C.A. inscrita ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en fecha 20 de octubre de 1997, con el N ° 45, Tomo A-52, domiciliada en el municipio Caroní del Estado Bolívar, contra la ciudadana CAROLINA RAMIREZ BARROSO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.682.426, domiciliada en el municipio Maracaibo del estado Zulia; todo atenor de lo preceptuado en el artículo 267 del Código de.....