este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE DEFUNCIÓN, propuesta por la ciudadana MICAELA FERNÁNDEZ VIUDA DE UZCÁTEGUI, en consecuencia, se ordena rectificar en la Jefatura Civil, y en el asiento duplicado que reposa en la Oficina de Registro Principal del Estado Zulia el acta de defunción signada bajo el Nº 616, inserta el día nueve (09) de octubre de 2004, ante la actual Jefatura Civil de la Parroquia San Francisco del Municipio San Francisco del Estado Zulia: en el sentido siguiente: en su contenido, donde se lee: "...deja los siguientes hijos Adilma, Andreina, Geral, Yerkelin...", debe leerse "...deja los siguientes hijos Andreina, Geral, Yerkelin ...". Una vez ejecutoriado el presente fallo, se ordena remitir mediante oficio, copia certificada.....