Por los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y MARÍTIMO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autori1dad de la Ley, DECLARA:
ÚNICO: SIN LUGAR la denuncia que por FRAUDE PROCESAL intentara la ciudadana KARELIS LEÓN BALANTA, antes identificada, en su carácter de tercero interviniente en el juicio que por DECLARATORIA DE CONCUBINATO incoara la ciudadana GISELA MARÍA SALAS MARÍN, en contra del ciudadano EDGAR ANTONIO MÁRQUEZ, ambos plenamente identificados en la parte narrativa del presente fallo.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE y NOTIFÍQUESE