declara como ÚNICAS Y UNIVERSALES HEREDERAS del de cujus HERACLIO SOCORRO AÑEZ, a las ciudadanas LUISA ARIZA DE SOCORRO, en su condición de cónyuge, y KETTY LEDY SOCORRO ARIZA, en su condición de hija. Se dejan a salvo los derechos de terceros. Devuélvanse los originales, previa certificación de los mismos en actas e igualmente, expídanse las copias certificadas solicitadas, previa la consignación por la postulante de los fotostatos correspondientes. Dada, sellada y firmada en Maracaibo a los ( ) días del mes de Octubre de 2008. Años: 198° de la Independencia y 149° de la Federación.
La Juez,
(fdo) La Secretaria,
Dra. Eileen Lorena Urdaneta Núñez (fdo)
Abg. Militza Hernández Cubillán
En la misma fecha, siendo las ____________, se di.....