este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la acción que por Cobro de Bolívares (vía intimatoria), incoara el abogado en ejercicio MANUEL RICARDO BRITO RODRÍGUEZ, en contra de la ciudadana LEYDA BEATRIZ URDANETA PORTILLO, todos plenamente identificados supra; en consecuencia, se declara firme el decreto intimatorio librado en fecha dieciséis (16) de Septiembre de 2010, condenándose a la parte demandada y perdidosa a pagar la cantidad de: TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS BOLÍVARES CON CUARENTA CÉNTIMOS (Bs.365.300,40), suma que comprende los siguientes conceptos: A) TRESCIENTOS MIL BOLÍVARES CON 00/100 (Bs.300.000,00), por concepto de capital adeudado; B) CUATRO MIL CUATROCIENTOS DIECISIETE BOLÍVARES CON DOS CÉNTIMOS (Bs.4.417,02), correspondientes a los intereses legales calcul.....