Por las razones argumentadas, este Juzgado del Municipio Valmore Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA
CON LUGAR, la solicitud de Divorcio efectuada por los ciudadanos LINO DE JESUS CAMPO SUAREZ Y EGLE MARGARITA GONZALEZ GONZALEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de cédulas de Identidad números V-5.932.340 y V-6.982.091, respectivamente, de conformidad con el artículo 185-A del Código Civil. En consecuencia, se declara DISUELTO el vínculo matrimonial existente entre los solicitantes en virtud del Matrimonio Civil, contraído en fecha 23 de noviembre de 1979, por ante la Prefectura del Municipio Valmore Rodríguez del Estado Zulia.