DECISIÓN
Por los razonamientos antes dilucidados, este Juzgado Noveno de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA: MEDIDA DE EMBARGO PREVENTIVO sobre bienes muebles o créditos propiedad del demandado, LIONEL ENRIQUE CABRERA GONZALEZ, identificado plenamente, hasta cubrir la cantidad de SESENTA Y CUATRO MIL TRECIENTOS BOLIVARES FUERTES CON OCHENTA Y SIETE CENTIMOS (Bs.F.64.300,87), cantidad ésta correspondiente al monto intimado más un cincuenta por ciento (50%). Todo en el juicio que por COBRO DE BOLÍVARES POR INTIMACIÓN sigue la Sociedad Mercantil FAVRI MUEBLES COMPAÑÍA ANÓNIMA, en contra del ciudadano LIONEL ENRIQUE CABRERA GONZALEZ, ambos ya identificados.
Se ordena librar exhorto y oficiar a la Unidad de Recepción y Distribución de documentos del Poder Judicial, con sede en Torre Mara a los fi.....