En consecuencia, este JUZGADO NOVENO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme con lo establecido en los artículos 936 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De Cujus JOSÉ RAMON GONZÁLEZ CASTELLANO, a los ciudadanos MARÍA CRISANTA LOZADA DE GONZÁLEZ, RAIZA ELENA GONZÁLEZ, GREDIS MARGARITA GONZÁLEZ, RAMON DARIO GONZÁLEZ, RAUL EDUARDO GONZÁLEZ y JOSÉ LUIS GONZÁLEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de identidad número V-1.062.547, V-5.169.940, V-7.764.750, V-7.765.215, V-7.765.216 y V-7.765.214, respectivamente. ASÍ SE DECLARA.- SE DEJAN A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS. Expídanse cinco (05) copias certificadas de la solicitud a los fines de ser entregadas a la solicitante. Devuélvanse los originales con sus resultas, previa su certificación, a los f.....