En consecuencia, este JUZGADO NOVENO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme con lo establecido en los artículos 936 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De Cujus ISMAEL ANTONIO GARCÍA, a los ciudadanos MARIBEL BEATRIZ GARCÍA GARCÍA, NIVIA MARGARITA GARCÍA GARCÍA, FERNANDO ANTONIO GARCÍA GARCÍA, OSWALDO ENRIQUE GARCÍA OCHOA y LUZ JARI GARCÍA OCHOA, venezolanos, mayores de edad, titulares de identidad número V-7.628.311, V-7.716.224, V-7.772.184, V-15.560.584 y V-15.560.585. ASÍ SE DECLARA.- SE DEJAN A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS. Expídanse dos (02) copias certificadas de la solicitud a los fines de ser entregadas a la solicitante. Devuélvanse los originales con sus resultas, previa su certificación, a los fines de que repose en el archivo del Trib.....