Consta de las actas procesales que integran la anatomía de este expediente N° 03132 que este Juzgado, en fecha once (11) de febrero de dos mil diez (2010), le dio curso de ley a la presente causa y ordenó emplazar a la demandada de autos, ciudadana GRISBELT SABRINA NAVEDA RODRÍGUEZ, a fin de que compareciera a darle contestación a la demanda instaurada en su contra dentro del término de VEINTE días de Despacho siguiente a la constancia en actas de la última formalidad cumplida, relativa al acto de su comunicación procesal (citación), dentro de las horas destinadas a despachar; esto es, de ocho de la mañana (8:00 a.m.) a una de la tarde (1:00 p.m.).
Ahora bien, en fecha veintidós (22) de marzo de dos mil diez (2010), fue presentada diligencia por el apoderado judicial de la demandante de autos, Sociedad mercantil ROPINCA INTERNACIONAL, C.A., donde desiste del PROCEDIMIENTO en la presente causa; en consecuencia, este Tribunal declara consumado y, así mismo, ordena el archivo del expedi.....