DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, este JUZGADO SÉPTIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGA la transacción celebrada por los ciudadanos RUDECINDA LUISA MARTINEZ DE DALIA, EDMONDO DALIA PESAPANE y RENSO JAVIER COTE GASPAR, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. 5.064.566, 7.720.383 y 16.727.287, domiciliados en el Municipio Maracaibo del estado Zulia y la ciudadana FATIMA ACOSTA SALINAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 7.604.887, domiciliada en el Municipio Maracaibo del estado Zulia, solo respecto de los particulares 1, 2, 4 y 6 por estar ajustados los mismos a la controversia planteada.
SEGUNDO: Se niega la homologación de los pa.....