este JUZGADO SEXTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Consumado el acto procesal de la Transacción, en la demanda por COBRO DE BOLÍVARES (INTIMACIÓN), instaurada por la ciudadana GLORIA MARGARITA BARBERA, contra el ciudadano JOSE ANGEL BOHORQUEZ GONZALEZ, plenamente identificados en actas impartiendo su aprobación y dándole el carácter de cosa juzgada.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas por tratarse de una Transacción, de conformidad con lo establecido en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.
Déjese copia certificada de este fallo por Secretaría, de conformidad con lo establecido en el artículo 248 de Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1.384 del Código Civil y el artículo 72, ordinales 3° y 9 de la Ley Orgán.....