esta JUZGADA SEXTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, e igualmente de acuerdo con lo establecido en el artículo 936 y siguiente del Código de Procedimiento Civil, declara como UNICOS UNIVERSALES HEREDEROS del de-cujus GREGORIO ANTONIO COLMENARES, quién en vida fuera venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-10.033.421, con domicilio en esta ciudad y municipio Maracaibo del estado Zulia, fallecido ab-intestato el día tres (03) de julio del año 2013, a su esposa ciudadana AURA YARELIS GONZÁLEZ viuda DE COLMENARES y a sus hijos ciudadanos ENMANUEL JOSE COLMENARES GONZALEZ y EMMILYAURA COLMENARES GONZALEZ, plenamente identificados ut supra, DEJANDOSE A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS.
Devuélvanse estas actuaciones originales con sus resultas a la parte interesada, deján.....