Este JUZGADO SEXTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara: Consumado el acto procesal del desistimiento del procedimiento, en la demanda que por COBRO DE BOLÍVARES intentó el Abogado en ejercicio JORGE LUIS ÁÑEZ TINEO, en su carácter de Apoderado Judicial de la Sociedad Mercantil RUTAS AÉREAS DE VENEZUELA S.A.; en contra de la Sociedad Mercantil DYNASTI TOURS C.A., plenamente identificados en la parte narrativa de este fallo, homologándolo, impartiendo su aprobación y dándole el carácter de cosa juzgada.- ASÍ SE DECIDE.-.