Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DELA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda que por ACCION REIVINDICATORIA intentó la ciudadana DILCIA JOSEFINA TERAN VERDE, contra del ciudadano GUSTAVO SEGUNDO OLIVARES CARRILLO, ambos identificados en actas. En consecuencia:
PRIMERO: Se ORDENA al demandado hacer entrega a la ciudadana DILCIA JOSEFINA TERAN VERDE del bien inmueble plenamente identificado en actas y objeto del litigio libre de personas y cosas según documento registrado por ante la oficina Subalterna de Registro del Tercer Circuito (3er) del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, en fecha 05 de Noviembre de 2002, bajo el Nº 3 Protocolo 1º, Tomo 7º, cuarto trimestre y se ubica ( según documento) en el sector El Cardón, Calle 3, identificada dicha parcela de terreno con el Nº.....