Por los fundamentos anteriormente expuestos, este JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud, en consecuencia, ordena rectificar el acta de nacimiento, signada con el No. 2.126, del ciudadano JUAN MANUEL BRACHO LUZARDO, en fecha 16 de julio de 1984, por ante la Jefatura Civil de la Parroquia Coquivacoa del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, y su duplicado en el Registro Principal del Estado Zulia, en el sentido que se corrija en su contexto lo siguiente:
1.- En su contenido donde se lee "cédula de identidad 5.719.869" debe leerse "cédula de identidad 5.719.868...". Así se declara.