JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. Maracaibo, veintinueve (29) de Febrero de 2012. Años 201º y 152º.- Recibido de la Oficina de Recepción y Distribución de Documentos, constante de dos (02) folios útiles y en catorce (14) folios sus anexos. Fórmese expediente y numérese. Vista la anterior solicitud de Declaración de Únicos y Universales Herederos, se admite cuanto ha lugar en derecho. Observa este Tribunal que el ciudadano JOSÉ RAFAEL SOCORRO GONZÁLEZ, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad número 7.834.998, domiciliado en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia, debidamente asistido por el abogado en ejercicio HERNÁN GOYO IBARRA, venezolano, mayor de edad e inscrito en el Inpreabogado bajo el número 52.269, solicita se le declare suficientes los derechos que tienen el, y sus hermanos, ciudadanos JHONNY RAFAEL SOCRRO GONZÁLEZ, JORGE RAFAEL SOCORRO GONZALEZ, JORBY RAFA.....