JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. Maracaibo, nueve (09) de Julio de 2012. Años 201º y 153º.- Vista la anterior diligencia suscrita por la ciudadana CELINA ELVIRA QUIROZ PEROZO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 5.798.869, debidamente asistida por la Abogada en ejercicio LUISA CHAVEZ PORTILLO, venezolana, mayor de edad, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 51.920, el Tribunal pasa a resolver el presente asunto. Vista la solicitud de Declaración de Únicos y Universales Herederos, se admite cuanto ha lugar en derecho. Observa este Tribunal que la ciudadana CELINA ELVIRA QUIROZ PEROZO, debidamente asistida por la Abogada en ejercicio LUISA CHAVEZ PORTILLO, antes identificadas, solicita se les declare suficientes los derechos que tienen ella y sus hijos, ciudadanos SILEINE MAYREEN MORAN QUIROZ, LISANDRO JESUS MORAN QUIROZ, LUIS EDUARDO MORAN QUIROZ y EDUA.....