PRIMERO: CON LUGAR la Solicitud de DIVORCIO propuesta por los ciudadanos JOSE ELIAS RODRIGUEZ URDANETA y ODA HILDA URDANETA URDANETA, venezolanos, mayores de edad, Agricultor el primero de los nombrados y Comerciante la segunda de ellos, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V-5.821.945 y V-7.612.351, respectivamente, domiciliados en el Municipio Autónomo Dr. Jesús Enrique Lossada del Estado Zulia, y en consecuencia Disuelto el Vínculo Matrimonial, contraído el día siete (7) de Septiembre de 1985, por ante la Jefatura Civil del Municipio Dr. Jesús Enrique Lossada del Estado Zulia.
Se deja constancia que los ciudadanos antes identificados manifestaron, que procrearon dos (2) hijas de nombres ODELIS VIVIANA RODRIGUEZ URDANETA y VANNESA DEL CARMEN RODRIGUEZ URDANETA, mayores de edad, y en cuanto a los bienes adquiridos durante la vida conyugal el Tribunal se abstuvo de homologar los acuerdos arribados por las partes, en razón a las motivaciones anteriormente planteadas.