Por los fundamentos expuestos este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO POR EL ARTÍCULO 185-A DEL CÓDIGO CIVIL, propuesta por los ciudadanos ALEXIS GUILLERMO ESCANDELA ANDRADE y BELINDA DEL CARMEN MORALES, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad números V-5.717.895 y V-7.083.685, respectivamente, ambos domiciliados Municipio Santa Rita del Estado Zulia, asistidos por la abogada en ejercicio PAOLA WOO, Inscrito en el Inpreabogado bajo el número 117.348 y con domicilio en la ciudad de Maracaibo del Estado Zulia, y en consecuencia, DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL por ellos contraído el día 28 de octubre de 1978, por ante la Prefectura del Municipio Santa Rita del Estado Zulia; dejándose expresa constancia que los ciudadanos ant.....