este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la oposición formulada por los abogados Isabel Morales Ballesteros y Daniel Enrique Atencio, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 67.704 y 109.510, respectivamente, procediendo con el carácter de apoderados judiciales de la Universidad el Zulia, en contra de la medida cautelar decretada mediante sentencia interlocutoria Nº I-2016-17 de fecha 03 de mayo de 2016, por éste Superior Órgano Jurisdiccional.
SEGUNDO: Se RATIFICA la medida de suspensión de efectos del segundo considerando o condicionado del acto administrativo objeto del recurso de nulidad, No. CU.00759-2015, de fecha 05 de marzo de 2015, dictado por el Consejo Universitario de la Universidad del Zulia.