El Juzgado Nacional Contencioso Administrativo de la Región Centro-Occidental dictó AUTO PARA MEJOR PROVEER, y en tal sentido se ordenó oficiar al Director de los Servicios Policiales del Estado Lara, a los fines que dentro del llapso de diez (10) días de despacho siguientes a su notificación, remita el expediente administrativo relacionado con el caso de autos, todo ello en aras de salvaguardar el derecho a la defensa y de tutela judicial efectiva consagrados en los artículos 26 , 49, 257 y 259 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Asi mismo se estableció que, una vez conste en autos lo requerido, la parte contraria podrá impugnar los antecedentes administrativos, dentro de los cinco (5) días siguientes. Indican quienes juzgan, que una vez que el expediente administrativo