Por los fundamentos expuestos, este Tribunal Quinto de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, con sede en Maracaibo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185-A, interpuesta por los ciudadanos RAUL DAVID LISBOA BETANCOURT y DOUGLEICYS MARÍA MARTINEZ VERA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-17.327.878 y V-19.460.385, respectivamente, domiciliados en el municipio San Francisco del estado Zulia.
• DISUELTO el vínculo matrimonial que en fecha 27 de diciembre de 2003, fuera contraído ante el Jefe Civil y Secretario de la parroquia Luís Hurtado Higuera del municipio Maracaibo del estado Zulia.
• Se homologan los acuerdos en relación a las Instituciones Familiares, es decir, Custodia y demás contenidos de la Responsabilidad de Cri.....