1. CON LUGAR la demanda de Divorcio ordinario intentada por el ciudadano Trohadio Tomás Muñoz Díaz, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad No. V-10.431.262, en contra del ciudadano Cristina Mercedes Morales Morales, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad No. V-8.701.048. En consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial que contrajeron ante el Registro Civil de la parroquia Raúl Leoni del municipio Maracaibo del estado Zulia, fecha 20 de diciembre de 2002, con fundamento en la causal segunda (2ª) del artículo 185 del Código Civil.
2. En relación con las INSTITUCIONES FAMILIARES para los niños de autos se resuelve lo establecido en el capítulo III de la parte motiva del presente fallo, titulado "De las Instituciones Familiares", cuyo contenido aquí se da por reproducido.
3. CONDENA en costas a la parte demandada por haber sido vencida totalmente en el presente juicio, de conformidad con lo establecido en el artículo 59 de la Ley.....