Con Lugar la solicitud de Tutela, interpuesta por los ciudadanos Giovanni Straccia Cameli y Santis Martínez de Straccia, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nos. V-7.966.193 y V-9.774.783, respectivamente, a favor de la adolescente (Se omite el nombre del niño, niña o adolescente de conformidad con el artículo 65 de la LOPNNA), de doce (12) años de edad.