declara:
a) APROBADO Y HOMOLOGADO el convenimiento de obligación de manutención acordado por los ciudadanos Yineth Carolina Garcia Bernal y Rigoberto Silveira Rengel, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nos. V.- 15.766.697 y V- 17.000.080 respectivamente, cuyo contenido implica:
"PRIMERO: Se acuerda la cantidad de Bs. 4.250,00 mensuales, para ser depositados los cinco (05) primeros días de cada mes, en una cuenta bancaria del Banco Banesco, que la progenitora se compromete en aperturar e informar al Tribunal por escrito. SEGUNDO: En relación con los gastos de salud, el progenitor cubrirá dicho rubro a través del seguro Pirámide, lo cual cubre (Hospitalización, cirugía, emergencia y medicamentos contra reembolso); en cuanto a los medicamentos, consultas exámenes y zapatos ortopédicos, los cubrirán cada uno de los progenitores en un cincuenta por ciento (50%), consignado los respectivos soportes, recipe medico y facturas del gasto, dicha información será.....