Por los fundamentos antes expuestos y en fuerza del argumento vertido en la parte motiva de esta decisión, este TRIBUNAL OCTAVO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara, lo siguiente:
1) se HOMOLOGA, el acto de autocomposición procesal, celebrado en fecha treinta (30) de septiembre de 2014 por las partes.
2) Se ordena el archivo del expediente, de conformidad con lo solicitado.