PRIMERO: CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO formulada por los ciudadanos Julio Cesar Paz Escola, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 14.136.795, y la profesional del derecho Andrea Molina Bozo, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 253.766, actuando en nombre de la ciudadana Sonia Esther Castro Cañizares, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 16.352.066, dicha representación consta en poder especial otorgado ante la Notaria Publica Décima Primera de Maracaibo en fecha 15 de enero de 2018, quedando anotado bajo el Nº 28, tomo 10.
SEGUNDO: DISUELTO el vínculo matrimonial contraído por los ciudadanos Julio Cesar Paz Escola y Sonia Esther Castro Cañizares, antes identificados, por ante el Registro Civil de la Parroquia Venancio Pulgar del Municipio Maracaibo del estado Zulia, tal y como se evidencia de copia certificada del acta de matrimonio signada con el Nº 179 que riela a las actas.