Por los fundamentos antes expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, este, TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO VALMORE RODRIGUEZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara, lo siguiente:
PRIMERO: La HOMOLOGACION, del convenimiento celebrado en fecha 11 de Abril del año 2014 por las partes.
SEGUNDO: Se extingue la medida de embargo preventivo decretada en fecha treinta (30) de abril de dos mil doce (2012). No se ordena archivar el expediente, hasta que se verifique el total cumplimiento de la obligación.
PUBLÍQUESE Y REGISTRESE.