Por los fundamentos antes expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, este, TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO VALMORE RODRIGUEZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara, lo siguiente:
PRIMERO: La HOMOLOGACION, del acto de auto composición procesal, celebrado en fecha 15 de Febrero de 2013 por las partes.
SEGUNDO: Se ordena archivar el expediente por habérsele dado total cumplimiento a la obligación contraída.