Por los fundamentos expuestos este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la ley, declara HOMOLOGADO EL DESISITMIENTO REALIZADO POR LAS APODERADAS JUDICALES DE AMBAS PARTES EN EL JUICIO, ciudadanas BIANCA MAS Y RUBI MORALES e YSNELLY CASANOVA CASANOVA, inscritas en el INPREABOGADO bajo los números 26.654 y 40.684, respectivamente, se le imparte la aprobación y judicial decreto, pasándolo en autoridad de cosa juzgada, todo ello con motivo a la solicitud de DIVORCIO 185-A, fundamentada en el artículo 185-A del Código Civil, y la sentencia Nº 1.070 de fecha nueve (9) de diciembre de 2016, dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, bajo la ponencia del Magistrado Juan José Méndez Jover, presentada por la Abogada en ejercicio, ciudadana BIANCA MAS Y RUBI MORALES, ya identificada, ac.....