Por los motivos expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, Extensión en Cabimas, DECLARA:
• PRIMERO: TERMINADO el presente proceso de: RÉGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, intentado por el ciudadano: FRAY ELIUHT GALVIS RONDÓN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-13.763.861, domiciliado en el Municipio Baralt del estado Zulia, representado por la Abogada en Ejercicio LUZ RAIZA RAMOS NOGUERA, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 128.626, en contra de la ciudadana: MELIANA ANDREA RODRIGUEZ VELEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-17.825.300, domiciliada en el Municipio Lagunillas del estado Zulia, y en beneficio del niño: (SE OMITE, DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 65 DE LA LOPNNA), de 03 años de edad, de conformidad con lo establecido en el artículo 477 de la Ley Orgánica para.....