Por los fundamentos antes expuestos este Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: a los ciudadanos ALAN JOSE quien actualmente cumplió la mayoría de edad, HAROLD KELLERT y AARON KELLERT VELIZ VALECILLOS, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad personal Nros. V-27.680.585, V-20.744.202 y V-25.519.523, respectivamente, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la causante: JENNY JACKELINE VALECILLOS RAMIREZ, quien en vida fue venezolana, mayor de edad, divorciada, titular de la cédula de identidad N° V-11.453.857, y falleciera ab intestado en fecha dieciocho (18) de abril de 2017, según se evidencia de copia certificada del acta de registro civil de defunción N° 221, expedida por la Unidad de Registro Civil de la parroquia.....