PARTE DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Extensión Cabimas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: CONSUMADA LA PERENCIÓN y EXTINGUIDA LA INSTANCIA en la presente causa por Motivo de: OBLIGACION DE MANUTENCION, seguida por la ciudadana: GLORITZA EMILIA GUTIERREZ MELENDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.-13.025.954, domiciliada en el Municipio Cabimas del Estado Zulia, asistido por el Abogado en ejercicio JUAN JOSE MORA, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 53.620, en contra del ciudadano ANDRICK HERNAN PINEDA ROMERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.480.438, domiciliado en el Municipio Cabimas del estado Zulia, en beneficio de los hijos de ambos.-
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