DISPOSITIVA
Por las razones y los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Segundo en Funciones de Control, Audiencias y Medidas con Competencia en Materia de Delitos de Violencia contra las Mujeres del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECIDE: PRIMERO: SE DECRETA CON LUGAR el Procedimiento de Flagrancia, según lo establecido en el Artículo 93 de la Ley Orgánica sobre el derecho de las Mujeres a una vida Libre de Violencia. SEGUNDO: SE DECRETA CON LUGAR MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, a favor del ciudadano: MANUEL SALVADOR POLANCO, venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° V.-13.876.130, de 37 años de edad, fecha de nacimiento 19/07/1971, estado civil concubino, de profesión u oficio obrero, hijo de YAMIRA POLANCO Y TIBERIO LOPEZ, residenciado en el sector Palo Blanco las Piedras, calle 219 con avenida 48, casa sin número,.....