Por todo lo anteriormente expuesto este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS CON COMPETENCIA EN MATERIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, PRIMERO: Se ADMITE TOTALMENTE LAS ACUSACIONES, presentada por la Fiscalía SEGUNDA del Ministerio Público, en contra del acusado DANNY DIUMAN TABORDA NAVARRO, en fecha 08 de Octubre de 2012 y 22 de Octubre de 2012, en contra del acusado DANNY DIUMAN TABORDA NAVARRO; por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal y VIOLENCIA SEXUAL, previsto y sancionado en el articulo 43 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida libre de Violencia, donde aparece como victima la ciudadana SILVIA VILLALOBOS, por los hechos ocurridos en fecha 17 de marzo de 2010; y por la presunta comisión de los delitos de .....