PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante ciudadanos IDELMARO JOSÉ CHIRINOS, JAIRO LARA y OMAR ANTONIO GUTIÉRREZ, en contra de la sentencia de fecha 21 de septiembre de 2010 dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas. SEGUNDO: SE REPONE la causa al estado que el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, continué con la celebración de la Audiencia de Juicio correspondiente al presente asunto. TERCERO: SE ANULA la decisión apelada. CUARTO: NO SE CONDENA EN COSTAS a la parte demandante recurrente dada la procedencia del recurso de apelación interpuesto. QUINTO: SE ORDENA la notificación del Procurador General de la República de conformidad con lo establecido en el artículo 97 de dicha Ley, no obstante, los lapsos de los recursos a que hubiere lugar por las partes com.....