DISPOSITIVO: Este JUZGADO SUPERIOR QUINTO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en la Ciudad de Maracaibo, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR EL RECURSO, de apelación interpuesto por la parte intimada recurrente en contra de la decisión de fecha veinte (20) de mayo del año 2009, dictada por el Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. SEGUNDO: SE CONFIRMA, la decisión de la recurrida. TERCERO: Se condena el pago de costas procesales del presente recurso a la parte intimada recurrente, de conformidad con el artículo 60 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.