Por los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, REPONE la causa, al estado de librar cartel de notificación al ciudadano GABRIEL ANGEL CARRUYO, quien es parte co-demandada en el presente procedimiento, para que se presente a la Sala de Comparecencia de los Juzgados de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, a los fines de celebrar la Audiencia Preliminar, anulándose por vía de consecuencia la certificación secretarial de fecha dieciséis (16) de abril de 2010, de manera que pueda celebrarse la Audiencia Preliminar con la correcta integración de los sujetos procesales llamados a conformar el actual proceso.