En el día hábil de hoy,21 de Julio de 2011, siendo las 2:28 PM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparece el ciudadano LEBIS RAMON MORALES RODRÍGUEZ en su carácter de parte actora asistido por apoderado judicial abogado Gerardo Ramírez y GRUAS Y TRANSPORTE DE OCCIDENTE, C.A. en su condición de parte demandada, debidamente representada por el apoderado judicial abogado Andres Vargas, quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la demandada paga en este acto al demandante la cantidad de tres mil bolívares (Bs. 3.000,00). Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES.