FIRME la decisión objeto de consulta legal, dictada por el extinto Juzgado Segundo de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia el 16 de abril de 1993, en el procedimiento surgido con ocasión de la acción de amparo constitucional intentada por los ciudadanos LUÍS RAFAEL SOTO GRANADILLO y TEODULO RIVERA VERA en contra del ciudadano REYES ENRIQUE FERRER, acción que fuera declarada improcedente.
REMÍTASE el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) a los fines de su distribución al Juzgado Sexto de Primera Instancia de Juicio para el Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Maracaibo, a los fines de que se proceda al archivo del expediente.