PARTE DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
A. APROBADO Y HOMOLOGADO EL CONVENIMIENTO suscrito en fecha veintitrés (23) de julio de 2015, por los ciudadanos: ANDREINA RAQUEL PARRA YORIS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-15.974.016, domiciliada en el municipio Cabimas del estado Zulia, asistida por la Abogada KARINA BOSCAN SANCHEZ, Defensora Pública Segunda del Sistema de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Zulia, extensión Cabimas; y JOSE GREGORIO BRICEÑO AREVALO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-15.594.152, domiciliado en el municipio Cabimas del estado Zulia, asistido por el Abogado en Ejercicio JUAN JOSE MORA,.....