DISPOSITIVO
Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Agrario Primero de Primera Instancia de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1) SIN LUGAR la cuestión perentoria de fondo, contenida en el artículo 210 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, referida a la falta de cualidad del actor, propuesta por la parte demandada, ciudadano EURO ANTONIO PACHECHO URDANETA, venezolano, mayor de edad, identificado con la cédula de identidad número V-3.273.305.
2) SIN LUGAR la demanda por REIVINDICACIÓN, incoada por la ciudadana DORA YELITZA GONZÁLEZ MANZANARES, venezolana, mayor de edad, identificada con la cédula de identidad número V-7.768.248, domiciliada en el municipio Maracaibo del estado Zulia, contra el ciudadano EURO ANTONIO PACHECO URDANETA, venezolano, mayor de edad, identificado con la cédula de identidad número V-3.273.305, domiciliado en e.....